Acto de Constitución
Corporación de Suboficiales Veteranos
Militares de Colombia
CORPOSUVCOL
| # | Nombres y Apellidos | Documento | Municipio | Firmas |
| 1 | Carlos Eliecer Parra Amado | 17.329.304 | Villavicencio | |
| 2 | José Ramón Gómez Nieto | 86.065.852 | Villavicencio | |
| 3 | Milton Leandro Martínez Machado | 86.056.825 | Villavicencio | |
| 4 | Rafael Rodríguez Lozano | 11.298.303 | Villavicencio | |
| 5 | Rodríguez Quintero Germán Orlando | 74.280.117 | Villavicencio | |
| 6 | Henrry Parra Rubio | 7.793.141 | Villavicencio | |
| 7 | Miguel Alfonso Solarte | 86.070.330 | Villavicencio | |
| 8 | Antonio Talavera Tassara | 256224 | Villavicencio | |
- Saludo Inicial
- Designación de presidente y secretario de la reunión.
- Manifestación de voluntad de constituir una Entidad Sin Ánimo de Lucro.
- Aprobación de los Estatutos.
- Nombramiento del Representante Legal, Junta Directiva y Revisor Fiscal.
- Lectura y aprobación del texto integral del acta.
- Saludo inicial: El señor Carlos Eliecer Parra Amado toma la palabra, agradece la asistencia de los presentes, expresa el objetivo de constituir de manera voluntaria y recíproca una organización sin ánimo de lucro. A continuación, da paso a cumplir con el orden del día.
- Designación de presidente y secretario de la reunión: Entre los presentes se realiza la postulación para dirigir la primera Asamblea general, por decisión unánime se designan a las siguientes personas:
| No. | Nombres y Apellidos | Documento | Designación |
| 01 | Carlos Eleicer Parra Amado | 17.329.304 | Presidente |
| 02 |
- Manifestación de Voluntad de constituir una Entidad Sin Ánimo de Lucro: Los constituyentes relacionados en la presente acta, manifiestan su voluntad de constituir una entidad sin ánimo de lucro (ESAL), del tipo CORPORACIÓN, persona jurídica de derecho privado, de las reguladas, en lo pertinente, por el Decreto 2150 de 1995, el Decreto 427 de 1996 y demás disposiciones especiales, denominada CORPORACIÓN DE SUBOFICIALES VETERANOS MILITARES DE COLOMBIA y cuya sigla será CORPOSUVCOL.
- Aprobación de los Estatutos: El presidente de la reunión hace énfasis que, para la constitución de la entidad sin ánimo de lucro, se han observado todas las disposiciones legales vigentes y se han conformado los estatutos según lo indicado en las normas especiales que la regulan. Una vez elaborados, leídos y analizados los estatutos de la entidad sin ánimo de lucro que se constituye, los constituyentes y/o fundadores dieron su APROBACIÓN por UNANIMIDAD. Los estatutos se adjuntan a la presente acta y forman parte integral de la misma.
- Nombramiento de directivos, representante legal y Revisor Fiscal: De conformidad con lo previsto en los estatutos que rigen a la entidad, se APROBÓ por UNANIMIDAD la designación de las siguientes personas para integrar sus órganos de administración y fiscalización:
- Representante Legal:
| Nombres y Apellidos | Documento | Domicilio | Cargo |
| Carlos Eliecer Parra Amado | 17.329.304 | Villavicencio | Presidente |
- Junta Directiva:
| No. | Nombres y Apellidos | Documento | Cargo |
| 01 | Carlos Eliecer Parra Amado | 17.329.304 | Presidente |
| 02 | José Ramón Gómez Nieto | 86.065.852 | |
| 03 | Rafael Rodríguez Lozano | 11.298.303 | |
| 04 | Germán O. Rodríguez Quintero | 74.280.117 | |
| 05 | Henrry Parra Rubio | 7.793.141 | |
| 06 | Milton Leandro Martínez Machado | 86.056.825 | |
| 07 | Miguel Alfonso Solarte | 86.070.330 |
- Revisor Fiscal:
- Lectura y aprobación del Acta: Sometida a consideración de los constituyentes, la presente acta fue leída y aprobada y en constancia de todo lo anterior se firma por el presidente y secretario de la reunión, siendo las 11am, a los 23 días del mes de julio de 2026.
Carlos Eleicer Parra Amado
CC 17.329.304 de Villavicencio
SECRETARIO
Corporación de Suboficiales Veteranos de Colombia
CORPOSUVCOL
Capítulo I
Disposiciones Generales
Título IDenominación, Duración y Domicilio
Artículo 1. La entidad se denomina «Corporación de Suboficiales Veteranos de Colombia», con su sigla CORPOSUVCOL, (en adelante, «La Corporación”), constituida como una persona jurídica de derecho privado, de las reguladas, en lo pertinente, por los artículos 633 a 652 del Código Civil Colombiano, el Decreto 1529 de 1990, el Decreto 2150 de 1995, el Decreto 427 de 1996 y demás normas concordantes. Se constituye como una entidad de economía solidaria sin ánimo de lucro, de carácter permanente, independiente y autónomo y de utilidad común.
Artículo 2. Término de Duración: El término de duración de La Corporación será de veinte (20), años contados a partir de la fecha de inscripción en la Cámara de Comercio, pero podrá disolverse anticipadamente por las causas que contemplan la ley y los presentes estatutos.
Artículo 3. Domicilio Legal: Su domicilio legal se establece en la ciudad de Villavicencio, Meta, Colombia.
Artículo 4. La Corporación podrá establecer, sucursales, delegaciones o representaciones en otras localidades del país o en el extranjero, previa aprobación de la Asamblea General.
Marco Conceptual
Artículo 5. Marco Conceptual y Ejes Articuladores: La Corporación fundamenta su identidad, alcance y acción institucional en la resignificación del Suboficial de las Fuerzas Militares en la vida civil, reconociéndolo como el eslabón técnico, operativo y logístico estratégico de la nación. Se establecen los siguientes cinco (5) ejes conceptuales rectores, diseñados para responder a la realidad post-servicio del mando medio militar:
- Identidad y Autonomía de Clase Militar: Reconocimiento del Suboficial como un cuerpo profesional autónomo, con intereses gremiales, prestacionales e históricos diferenciados de los demás estamentos de las Fuerzas Militares.
- Homologación y Profesionalización Tecnológica: Reconocimiento de los títulos tecnológicos de las Escuelas de Formación de Suboficiales (EMSUB, ESUFA, ENSB) para su rápida inserción y nivelación en la educación superior y el mercado corporativo civil.
- Liderazgo de Mandos Medios y Gerencia Operativa: Capitalización de la experiencia del Suboficial en la administración de recursos, disciplina, logística avanzada y manejo de personal, traduciéndola en competencias directivas para el sector productivo civil.
- Defensa de la Equidad Prestacional y Bienestar Multidimensional: Búsqueda activa de la dignificación económica de la asignación de retiro del Suboficial, mitigando el impacto de las brechas pensionales históricas en su núcleo familiar.
- Cohesión y Veeduría de Base: Consolidación de un bloque técnico y social con capacidad de interlocución directa ante el Gobierno Nacional y CREMIL, independiente de las cúpulas o estructuras de mando tradicionales en retiro.
De los Fines
Artículo 6. Objeto Social: La Corporación tendrá como objeto social principal la representación legítima, defensa jurídica, nivelación técnica, dignificación pensional e inclusión productiva exclusiva de los Suboficiales de las Fuerzas Militares de Colombia (Ejército Nacional, Armada Nacional y Fuerza Aérea Colombiana) en uso de buen retiro, con asignación de retiro o pensionados (Veteranos), así como de su núcleo familiar. Lo anterior mediante la estructuración de programas autónomos de asistencia legal, capacitación adaptativa y emprendimiento que garanticen condiciones dignas de subsistencia y un trato equitativo en la vida civil.
Artículo 7. Actividades Principales: Para el cumplimiento de su objeto social, la Corporación ejecutará las siguientes cinco (5) actividades rectoras:
- Gestión de Homologación Académica Colectiva: Celebrar convenios con universidades nacionales y extranjeras para la validación y portabilidad de los saberes técnicos y tecnológicos de los suboficiales, acelerando su profesionalización civil.
- Litigio Estratégico y Defensa Prestacional: Estructurar un área jurídica dedicada a la reclamación de nivelaciones salariales, reajuste de primas de actividad, subsidios de vivienda y la defensa de los derechos adquiridos ante CREMIL y el Ministerio de Defensa.
- Desarrollo de Unidades de Emprendimiento e Inclusión Laboral: Crear incubadoras de empresas asociativas integradas por suboficiales veteranos, aprovechando su experiencia en áreas como logística, mantenimiento industrial, transporte y seguridad de activos.
- Programas Integrales de Atención Psicosocial Familiar: Proveer herramientas de salud mental enfocadas en la adaptación al entorno civil, rompiendo dinámicas de subordinación rígidas y atendiendo el estrés derivado del choque económico del retiro.
- Sindicación Social y Veeduría de Políticas de Veteranos: Ejercer control social sobre la aplicación de los beneficios de la Ley 1979 de 2019, asegurando que las cuotas de empleo y subsidios beneficien equitativamente a la base de suboficiales.
Artículo 8. Objetivos Estratégicos
- Reducción de la Brecha Económica y Pensional: Desarrollar mecanismos de generación de ingresos complementarios y defensa jurídica para contrarrestar la desigualdad en el poder adquisitivo del suboficial retirado frente a la alta oficialidad.
- Posicionamiento en Mandos Medios del Sector Civil: Consolidar la marca institucional del «Suboficial Militar» como sinónimo de alta gerencia operativa, logística integral y confiabilidad corporativa ante gremios económicos nacionales.
- Independencia de Representación Gremial: Consolidar un modelo de gobernanza interna donde las decisiones de los suboficiales no estén supeditadas a visiones jerárquicas o corporativistas ajenas a su realidad socioeconómica.
- Sostenibilidad e Impacto Municipalidad: Desplegar una red de servicios descentralizada que atienda al suboficial en las regiones, donde las brechas institucionales y la falta de oportunidades de reinserción son más críticas.
De los Principios Fundacionales
Artículo 9. Principios de la Corporación: La cultura y el actuar de la Corporación se blindan bajo los siguientes seis (6) principios institucionales:
- Fraternidad y Camaradería de Base: Solidaridad horizontal absoluta entre suboficiales, reconociéndose como iguales en dignidad, mérito y vivencia militar, sin importar el último grado alcanzado en servicio activo.
- Autonomía Institucional: Independencia total frente a partidos políticos, credos religiosos y agremiaciones que perpetúen las asimetrías de poder de la estructura militar activa en los espacios de retiro civil.
- Equidad Interfuerzas: Trato idéntico y sin preeminencia alguna entre los suboficiales provenientes del Ejército, la Armada o la Fuerza Aérea.
- Transparencia Auditable de Base: Manejo escrupuloso de los recursos de la Corporación, garantizando que el patrimonio sirva al bienestar de los asociados y no al estatus de sus directivos.
- Dignidad Laboral y Profesional: Rechazo a la subvaloración del veterano suboficial en el mercado laboral civil; defensa de salarios justos acorde a su capacidad tecnológica y de mando.
- Resiliencia y Desarrollo Adaptativo: Compromiso con la evolución personal del asociado, dotándolo de herramientas para sustituir el rol táctico militar por un rol estratégico ciudadano y productivo.
Marco Estratégico
Es la matriz operativa, técnica e independiente mediante la cual la Corporación transforma sus fines misionales de defensa pensional, nivelación académica e inclusión laboral, en programas concretos que dignifican la subsistencia y el estatus del suboficial veterano y su familia.
Artículo 10. Programas de Sensibilización y orientación: Estrategias diseñadas para deconstruir la identidad estrictamente militar y preparar al suboficial para competir con éxito en entornos civiles corporativos y comunitarios. Se establecen cuatro (4) programas:
- Programa «Transición al Mando Civil»: Talleres enfocados en traducir el liderazgo de mando de tropa en metodologías de liderazgo asertivo, gestión de equipos horizontales y resolución pacífica de conflictos en empresas privadas.
- Programa «Sello Suboficial de Alta Confiabilidad»: Campaña de posicionamiento ante los gremios empresariales (ANDI, FENALCO, ACOPI) para visibilizar el perfil del suboficial como el administrador y ejecutor idóneo de procesos operativos complejos.
- Programa «Economía de Retiro y Finanzas Familiares»: Asesoría financiera de choque para el suboficial recién retirado, orientada a la reestructuración de pasivos, manejo de la asignación de retiro y optimización de recursos frente a la pérdida de primas de actividad.
- Programa «Red de Apoyo Familiar Post-Servicio»: Espacios de orientación para cónyuges e hijos, destinados a procesar el impacto familiar de la transición y fomentar el co-diseño de proyectos de emprendimiento familiar.
- Programa “Cooperación Técnica para la Seguridad Urbana y Fortalecimiento de la Reserva Activa”:
- Programa de Integración Logística y Convivencia Ciudadana para Veteranos Suboficiales de la Fuerza Pública:
- Programa de Cooperación Interinstitucional Transversal:
- Programa “Soporte Tecnológico Urbano”: Desarrollar frentes de prevención del delito mediante el diseño de redes de participación ciudadana, implementación de tecnologías de videovigilancia, monitoreo y capacitación comunitaria en seguridad barrial, soporte técnico no armado para el fortalecimiento de la seguridad ciudadana liderada por los alcaldes locales.
- Asesoría y Gestión de Infraestructura Penitenciaria: Prestar servicios de consultoría, formación técnica y diseño logístico para la estructuración del nuevo modelo penitenciario y carcelario. El enfoque se centrará en la capacitación de personal de custodia civil, programas de reinserción social y la optimización operativa de los centros de reclusión, capitalizando la disciplina militar.
Artículo 11. Atención Integral: Conjunto de servicios especializados de protección mutua diseñados para mitigar la desigualdad prestacional y proteger al asociado en condiciones de vulnerabilidad. Se estructuran cuatro (4) acciones:
- Defensoría Jurídica Pensional Continua: Célula legal especializada encargada de interponer acciones de tutela, recursos ante CREMIL y demandas de nulidad y restablecimiento del derecho para la protección de las asignaciones de retiro de los suboficiales.
- Banco de Ayuda Social Mutua (Fondo de Solidaridad): Mecanismo de auxilio económico inmediato para suboficiales veteranos en situaciones de pobreza extrema, enfermedad catastrófica no cubierta o desamparo exmilitar.
- Red de Salud Mental y Adaptación Biopsicosocial: Servicio independiente de atención y terapia psicológica para el asociado y su familia, enfocado en tratar el estrés postraumático, la depresión por pérdida de estatus o el vacío de identidad post-retiro.
- Alianza Habitacional y de Infraestructura: Gestión de proyectos asociativos de vivienda de interés social y acceso a subsidios estatales, dirigidos a suboficiales que no lograron consolidar patrimonio inmobiliario durante su carrera.
Artículo 12. Centro de Capacitación Continua Adaptativa (CCCA): Unidad académica interna cuyo fin primordial es nivelar el perfil profesional del suboficial, convirtiendo su experiencia tecnológica militar en títulos válidos en la vida civil. Operará bajo cuatro (4) líneas estratégicas:
- Línea de Homologación e Ingeniería de Saberes: Unidad de validación curricular que gestiona con el Ministerio de Educación y el SENA la homologación de las especialidades militares de los suboficiales (logística, comunicaciones, mecatrónica, armamento, aviación) en carreras profesionales civiles.
- Escuela de Gestión del Riesgo e Interventoría Técnica: Capacitación y certificación avanzada en auditorías de seguridad privada, planes de gestión del riesgo corporativo y supervisión de infraestructuras críticas, donde el suboficial cuenta con ventajas tácticas.
- Programa de Gerencia de Operaciones y Logística Integral: Formación en software de gestión de inventarios (SAP, cadenas de suministro, analítica de datos) para adaptar la experiencia logística militar a las necesidades de las grandes multinacionales de distribución.
- Incubadora de Cooperativas y Empresas de Suboficiales: Formación en economía solidaria para estructurar empresas de servicios especializados (mantenimiento, transporte, tecnología) constituidas y operadas por los mismos asociados.
- Capacitación y Profesionalización de la Reserva Activa: Estructurar programas de educación continua, bienestar socioeconómico y reconversión laboral para veteranos. Esto asegura su idoneidad en la administración de proyectos logísticos, de seguridad privada y de convivencia territorial urbana en las grandes capitales.
Organización de La Corporación
Título I
De los Asociados
Artículo 13. De los asociados: Son asociados de la Corporación quienes cumplan de manera estricta los requisitos de idoneidad institucional aquí plasmados. Se clasifican de manera restrictiva en cuatro (4) categorías para preservar la gobernanza del gremio:
- Asociados Fundadores: Suboficiales de las Fuerzas Militares en uso de buen retiro que convocaron, estructuraron y firmaron el acta de constitución original de la Corporación.
- Asociados Activos: Únicamente los Suboficiales de las Fuerzas Militares de Colombia (Ejército, Armada, Fuerza Aérea) en todos sus grados, desde Cabo Tercero (o su equivalente) hasta Sargento Mayor de Comando Conjunto (o su equivalente), que ostenten la calidad legal de veteranos, se inscriban voluntariamente y aporten al sostenimiento de la entidad. Gozan de voz y voto pleno.
- Asociados Honorarios: Personas que por sus aportes excepcionales a la defensa pensional y social de los suboficiales reciban esta distinción por parte de la Asamblea. No participan en las decisiones políticas ni administrativas (voz sin voto).
- Asociados Adherentes: Cónyuges supérstites, hijos de suboficiales veteranos, profesionales civiles aliados o soldados profesionales que deseen coadyuvar a los fines de la entidad. Tendrán acceso a los servicios educativos y asistenciales, con derecho a voz, pero sin voto, blindando el control político exclusivamente en el cuerpo de suboficiales.
Artículo 14. De los Derechos, Obligaciones y Prohibiciones: Las prerrogativas y deberes buscan asegurar la cohesión gremial, el respeto mutuo e impedir la réplica de conductas de discriminación salarial o de rango dentro de la Corporación.
Artículo 15. Derechos: El asociado activo tendrá derecho a:
- Elegir y ser elegido en condiciones de absoluta igualdad, sin que el grado militar ostentado en servicio activo sea un criterio de preeminencia para ocupar cargos directivos.
- Ejercer el voto libre y directo en la Asamblea General bajo la premisa de: «Un asociado, un voto».
- Acceder prioritariamente a los portafolios de empleo, homologación académica y defensa jurídica pensional.
- Fiscalizar e inspeccionar la ejecución financiera de la Corporación.
- Recibir el apoyo solidario y el amparo institucional de la corporación en caso de crisis prestacional o vulnerabilidad extrema.
- Proponer reformas que fortalezcan la independencia y la combatividad jurídica del gremio de suboficiales.
Artículo 16. Obligaciones: Son deberes de los asociados:
- Defender la unidad de la Corporación y la autonomía del Cuerpo de Suboficiales Veteranos.
- Abonar puntualmente las cuotas ordinarias y extraordinarias asignadas.
- Ejercer los cargos directivos para los que sean elegidos bajo criterios de pulcritud, desinterés personal y rigor ético.
- Participar activamente en los comités técnicos de defensa prestacional y laboral.
- Guardar total reserva sobre las estrategias de litigio y datos de los asociados.
- Respetar a sus compañeros de corporación, desterrando de la vida civil cualquier pretensión de superioridad basada en antiguos rangos.
- Mantener actualizados sus datos académicos y laborales para alimentar la bolsa de empleo interna.
- Canalizar los disensos de forma democrática e interna, evitando ventilar disputas institucionales que debiliten la imagen pública del suboficial veterano.
Artículo 17. Prohibiciones: Queda expresamente prohibido a los asociados:
- Utilizar la estructura, bienes o bases de datos de la Corporación para subordinar a otros miembros o favorecer intereses particulares de oficiales, políticos partidistas o empresas privadas de seguridad externa.
- Subdividir la corporación promoviendo dinámicas de exclusión basadas en las fuerzas de origen (Ejército, Armada o Fuerza Aérea).
- Comprometer la representación jurídica o contractual de la Corporación sin el aval previo, expreso y por escrito de la Junta Directiva.
- Utilizar la Corporación para promover la reactivación de dinámicas operativas de orden público ajenas al marco de una entidad civil sin ánimo de lucro y de paz.
- Incurrir en actos de corrupción, tráfico de influencias o desvío de ayudas destinadas a los suboficiales en condición de vulnerabilidad.
Capitulo III
Patrimonio Social
Artículo 18. Conformación del Patrimonio: El patrimonio es autónomo e inembargable en los términos de ley, destinado exclusivamente a solventar la subsistencia digna del asociado. Se conformará por:
- Aporte Inicial de los Fundadores: Dinero o bienes detallados en el acta de constitución.
- Cuotas de Sostenimiento: Aportes mensuales diferenciales fijados con criterio de equidad social, según la asignación de retiro percibida por el asociado.
- Bienes Adquiridos: Inmuebles, sedes sociales, aulas de capacitación y derechos de propiedad intelectual que la Corporación desarrolle o compre.
- Ingresos y Rendimientos: Excedentes de consultorías técnicas en logística, auditorías de riesgo, y formación prestada a empresas privadas por parte del CCCA.
- Recursos Externos: Subvenciones de la cooperación internacional enfocadas en la reintegración socioeconómica de mandos medios militares en escenarios de posconflicto.
Artículo 19. Patrimonio Social Inicial: El patrimonio inicial de la Corporación se fija en la cuantía registrada en el acta de constitución, el cual se destinará de forma inmediata a los gastos de constitución y el inicio de la página web de la corporación. El patrimonio social inicial de La Corporación asciende a la suma de un Millón doscientos mil pesos Mcte. ($1.200.000), el cual está conformado así:
| Concepto | Valor en Pesos ($) |
| Aportes Gastos de Constitución (Efectivo) | $0.000.000 |
| Aportes Gastos de Comunicación (Efectivo) | $0.000.000 |
| Total, Patrimonio Inicial | $0.000.000 |
Artículo 20. Irrevocabilidad y Destinación del Patrimonio: Por tratarse de una ESAL, los recursos de la Corporación están adscritos permanentemente a su objeto social. No existe el reparto de utilidades ni la devolución de aportes a los asociados bajo ninguna circunstancia. Todo excedente neto se reinvertirá en el fondo de salud mental, el consultorio jurídico pensional, las becas de homologación para los hijos de los asociados o del Fondo que se desee constituir para fines similares.
Artículo 21. Destinación del Remanente en Caso de Disolución: En caso de liquidación final, una vez saldados los pasivos legales, el remanente patrimonial se transferirá íntegramente a una institución o fundación de carácter benéfico que tenga como misión la protección exclusiva de los suboficiales retirados de las Fuerzas Militares en condición de desamparo, o en su defecto a la Federación Colombiana de Suboficiales de las Fuerzas Militares, garantizando que los recursos se queden dentro de la misma clase gremial.
Capitulo IV
Servicios y Productos de La Corporación
Título I
Actividades Institucionales
Artículo 22. Tipos de servicios: La Corporación operará comercialmente bajo el régimen especial, prestando servicios técnicos orientados a generar ingresos para su autofinanciación. Incluirá como mínimo cinco (5) servicios:
- Consultoría Técnica en Logística de Abastecimiento y Distribución: Portafolio dirigido al sector empresarial para optimizar bodegas, inventarios y transporte, operado por suboficiales expertos en logística militar.
- Unidad Especializada de Auditoría en Seguridad Corporativa y de Activos: Evaluación y diseño de planes de contingencia para empresas, puertos, aeropuertos e infraestructura industrial.
- Centro de Capacitación Externa en Liderazgo Operativo y Resiliencia: Oferta de seminarios de liderazgo estratégico y manejo de crisis para mandos medios de empresas privadas (management civil).
- Servicios Técnicos Especializados de Mantenimiento e Instrumentación: Contratación de cuadrillas integradas por suboficiales mecánicos, técnicos en aviación y electrónica para la industria civil.
- Correduría y Gestión de Seguros y Servicios Exequiales Integrales: Convenios masivos institucionales para dotar al suboficial retirado de coberturas a bajo costo.
Artículo 23. Actividades culturales y de incidencia: Orientadas a romper el monopolio histórico de la narrativa militar y visibilizar los reclamos de justicia socioeconómica de los suboficiales. Se ejecutarán al menos seis (6) actividades:
- Congreso Anual del Pensamiento Técnico-Militar del Suboficial: Espacio de debate sobre geopolítica, seguridad ciudadana e historia del conflicto desde la óptica del ejecutor táctico.
- Encuentro de Microempresarios Veteranos «Fuerza Emprendedora»: Vitrina comercial y rueda de negocios para las pymes lideradas por suboficiales.
- Edición y Difusión del Boletín «La Voz del Mando Medio»: Medio impreso y digital enfocado en denunciar abusos prestacionales y proponer reformas legislativas.
- Salón del Arte y la Literatura del Suboficial: Espacio cultural para exponer escritos, pinturas y memorias de los suboficiales que vivieron el conflicto en el territorio.
- Premio «Orgullo Suboficial en la Vida Civil»: Reconocimiento al veterano que destaque de forma sobresaliente en la academia, la ciencia, la política o el desarrollo social civil.
- Observatorio Independiente de Equidad Pensional Militar: Centro de datos encargado de medir el impacto inflacionario en las asignaciones de retiro de los suboficiales y emitir alertas técnicas al Congreso de la República.
Título II
Convenios, Contratación y Ejecución de Proyectos
Es el ejercicio de la capacidad legal y la autonomía contractual de la Corporación para suscribir acuerdos, convenios y contratos con entes públicos o privados. Su amparo legal radica en el artículo 355 de la Constitución Política, las leyes de contratación estatal y el derecho privado comercial, orientados a captar recursos para reinversión social en el gremio de suboficiales.
Artículo 24. Contratación de bienes y servicios: La Corporación podrá celebrar contratos con personas naturales o jurídicas para la adquisición de bienes, prestación de servicios o ejecución de proyectos, siempre que estén alineados con el objeto social.
- Régimen de Contratación: La Corporación se rige por el derecho privado (Código de Comercio y Civil) en sus actos internos. Cuando ejecute dineros públicos mediante convenios de asociación, se someterá a los principios de la contratación estatal.
- Obligaciones y Beneficios: Todo contrato firmado con terceros deberá dar prioridad absoluta para la vinculación laboral, consultoría o proveeduría a los suboficiales asociados activos que cuenten con la idoneidad técnica.
- Restricciones de Transparencia Gremial: Para evitar los vicios históricos de favoritismo, se prohíbe contratar con los miembros de la Junta Directiva, el Representante Legal o sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, a menos que se trate de un servicio técnico único, especializado y aprobado por unanimidad con criterio de urgencia por la Asamblea.
- Cooperación Interinstitucional Transversal: Suscribir convenios con el Gobierno Nacional, ministerios y alcaldías, para coordinar el despliegue del bloque de defensa territorial urbana. Esto garantizará el respeto estricto a las competencias de la Fuerza Pública institucional.
Artículo 25.- Fuentes de contratación: La Corporación buscará contratos a través de:
- Licitaciones de Logística e Interventoría: Con entidades del Estado (MinDefensa, UNP, gobernaciones) donde se requieran capacidades técnicas de control y supervisión.
- Convenios de Reintegración y Desarrollo Rural: Alianzas para ejecutar proyectos productivos en zonas apartadas, aprovechando el conocimiento que el suboficial tiene del territorio nacional.
- Contratos de Outsourcing Corporativo: Alianzas con grandes industrias privadas que externalicen sus servicios de control de inventarios, mantenimiento técnico o seguridad integral.
- Fondos de Cooperación Internacional para la Paz: Ejecución de recursos extranjeros destinados al fortalecimiento del tejido social de los veteranos de las fuerzas legítimas del Estado.
Artículo 26. Criterios de contratación: La selección de proveedores y contratistas internos se basará de forma estricta en: Transparencia pública de pliegos, Idoneidad técnica demostrada, Eficiencia de costos y Preferencia de origen gremial (suboficiales calificados).
Título III
Fuentes de Financiación y Donaciones
Artículo 27.- Fuentes de ingresos: La estabilidad financiera de la entidad se cimentará en al menos cinco (5) fuentes lícitas:
- Las cuotas ordinarias, extraordinarias y de inscripción de los asociados.
- Los recursos derivados de la venta de servicios logísticos, consultorías de riesgo y formación del CCCA.
- Los excedentes económicos de contratos de asociación y proyectos estatales ejecutados de forma óptima.
- Rendimientos de capital de fondos de reserva invertidos en carteras colectivas conservadoras.
- Donaciones, legados y auxilios económicos de empresas privadas y agencias internacionales.
Artículo 28.- Donaciones: Transferencias económicas o materiales realizadas por terceros con espíritu solidario. Se tipifican en tres (3) clases:
- Donaciones Monetarias: Recursos en dinero canalizados por la banca formal.
- Donaciones de Infraestructura y Equipos: Entrega de sedes, aulas, servidores o herramientas para la reconversión laboral de los asociados.
- Donaciones Académicas (Becas): Cupos universitarios o tecnológicos otorgados directamente por instituciones de educación aliadas.
Soportes Contables y Tributarios: Cada donación será rigurosamente auditada por el Revisor Fiscal y reportada ante la DIAN mediante la emisión del Certificado de Donación (Estatuto Tributario), garantizando la transparencia absoluta del origen de los fondos y bloqueando cualquier intento de lavado de activos o financiación ilícita.
Artículo 29.- Registro y destino de las donaciones: Las donaciones se registrarán en cuentas contables de destinación específica. Se prohíbe utilizar fondos donados para proyectos sociales en el pago de salarios de la junta directiva o gastos corrientes de representación institucional.
Artículo 30.- Administración de recursos: La tesorería y administración de recursos recaerá sobre el Representante Legal y el comité financiero directivo, vigilados en tiempo real por el Revisor Fiscal de base. Los fondos se concentrarán en bancos nacionales de primer nivel con firmas conjuntas autorizadas.
Artículo 31.- Rendición de cuentas: La junta directiva presentará semestralmente estados financieros parciales y anualmente el balance general consolidado ante la Asamblea General de Asociados. Estos documentos serán públicos para todos los miembros dentro de la plataforma virtual de la corporación para garantizar una gobernanza limpia y horizontal.
Título IV
Alianzas, Redes y Cooperación: Definición
Es la estrategia institucional de articulación exterior que permite a la Corporación insertarse en redes de apoyo nacionales y globales para potenciar la fuerza de sus reclamos prestacionales y ampliar las oportunidades de inserción laboral de los suboficiales.
Artículo 32.- Cooperación Estratégica: Búsqueda de nexos dinámicos con Ministerios del Trabajo, de Educación y de Vivienda, así como con el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y cajas de compensación familiar, para asegurar que las políticas públicas estatales de veteranos aterricen con prioridad en el estamento de los suboficiales y no se diluyan en las altas estructuras.
Artículo 33.- Alianzas institucionales: Establecimiento de convenios operativos estables con gremios de la seguridad privada, la industria aeronáutica, el sector de transporte de carga y la academia universitaria civil. El fin es consolidar pasarelas de empleo directo y tarifas educativas especiales para el asociado, sus hijos y cónyuge.
Artículo 34. Ética institucional: La Corporación mantendrá una política estricta de debida diligencia. Se prohíbe recibir apoyo, donaciones o firmar alianzas con entidades o personas que deshonren los principios constitucionales de la república, que violen los derechos humanos o que pretendan instrumentar políticamente al Cuerpo de Suboficiales Veteranos para desestabilizar la institucionalidad democrática del país. El honor militar del suboficial se mantiene intacto en la vida civil.
Capitulo V
De la Administración y Representación Legal
Título I
Órganos de Gobierno
Artículo 35. Órganos de La Corporación: Tendrá un órgano de dirección, denominado Asamblea General, un órgano de administración denominado Junta Directiva, un órgano de representación denominado Representante Legal y un órgano de control denominado Revisor Fiscal. Cada uno de estos órganos ejercerá las atribuciones, funciones y facultadas que le confieren los presentes estatutos y las disposiciones legales aplicables.
Artículo 36. Asamblea General: La Asamblea General la integran los Asociados de La Corporación que figuren en el libro de registro de Asociados, con arreglo a las disposiciones sobre convocatoria, quórum, mayorías, y demás condiciones previstas en estos estatutos y en la ley. Las reuniones de la Asamblea General serán presididas por un presidente y un secretario que serán elegidos por la Asamblea General para la respectiva reunión y serán quienes firmarán el Acta correspondiente una vez sea aprobada por la Asamblea General.
Artículo 37. Reuniones Ordinarias: Las reuniones ordinarias se convocarán tres (3) meses siguientes a la clausura del ejercicio económico con corte al treinta y uno (31) de diciembre del respectivo año calendario. El Representante Legal convocará a la reunión ordinaria de la Asamblea General, con el propósito de someter a su consideración las cuentas de fin de ejercicio, así como el informe de gestión y demás documentos exigidos por la ley, designar los administradores y demás funcionarios de su elección, acordar todas las orientaciones y medidas necesarias para el cumplimiento del objeto social y determinar las directrices generales acordes con la situación económica y financiera de La Corporación.
Artículo 38. Reuniones Extraordinarias. Las reuniones extraordinarias se celebrarán cuando lo requieran las necesidades imprevistas o urgentes que no puedan esperar para ser solucionadas en la próxima Asamblea ordinaria. En las reuniones extraordinarias no podrán estudiarse temas diferentes a los propuestos en la convocatoria, salvo decisión en contrario de un número singular o plural de Asociados que representen por lo menos el setenta por ciento (70%) de los asociados presentes en la reunión.
Artículo 39. Convocatoria a la Asamblea General: La Asamblea General podrá ser convocada a cualquier reunión por el Representante Legal, el presidente de la Junta Directiva o dos (2) de sus miembros o a solicitud del veinticinco por ciento (25%) de los asociados. La citación ha de hacerse mediante comunicación escrita dirigida a cada asociado enviada a la dirección física o al correo electrónico registrado en La Corporación, con una antelación mínima de cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha de la reunión para las reuniones ordinarias y de tres (3) días calendario anteriores a la fecha de la reunión para las reuniones extraordinarias. Para efectos de la convocatoria no se tendrá en cuenta el día en que se realiza la convocatoria ni el día de la reunión.
Artículo 40. Régimen de quórum y mayorías decisorias: Para toda reunión de Asamblea habrá quórum deliberatorio cuando estén presentes la mitad más uno de los asociados, salvo lo establecido para las reuniones por derecho propio, de segunda convocatoria, no presenciales o por comunicación sucesiva y universales, y podrán decidir en cualquier reunión con el voto favorable de la mitad más uno de los asociados presentes en la reunión.
Artículo 41. Funciones de la Asamblea General: La Asamblea General tendrá, además de las funciones contenidas en los presentes estatutos y en cualquier otra norma legal vigente, las siguientes funciones:
- Aprobar su propio reglamento.
- Ejercer la suprema dirección de La Corporación y velar por el cumplimiento de su objeto social, interpretar los estatutos, fijar la orientación y política generales de La Corporación.
- Aprobar las reformas estatutarias.
- Aprobar la disolución y liquidación de La Corporación.
- Aprobar la actuación de un asociado o un Administrador en actividades que impliquen competencia y/o conflicto de interés con La Corporación.
- Aprobar la prestación de servicios de Asociados a La Corporación y fijar su remuneración.
- Examinar y aprobar las cuentas y los estados financieros con sus respectivas notas y dictámenes de cada ejercicio económico.
- Aprobar el presupuesto anual de ingresos y gastos.
- Examinar y aprobar los informes de gestión presentados a su consideración por el Representante Legal, la Junta Directiva y el Fiscal.
- Aprobar la creación de reservas especiales.
- Ordenar las acciones que correspondan contra los Administradores, funcionarios directivos o contra cualquiera otra persona que hubiere incumplido sus obligaciones u ocasionado daños o perjuicios a La Corporación.
- Elegir y asignarle remuneración al liquidador de La Corporación, sin perjuicio de su facultad de remover libremente y en cualquier tiempo a cada uno de ellos.
- Las demás que le correspondan por naturaleza, como máximo órgano de La Corporación y que no hayan sido asignadas por los estatutos a otro órgano.
Artículo 42. Actas: Las decisiones de la Asamblea General se harán constar en actas aprobadas por ella misma, por las personas individualmente delegadas para el efecto o por una comisión designada por la Asamblea General. En caso de delegarse la aprobación de las actas en una comisión, los Asociados podrán fijar libremente las condiciones de funcionamiento de este órgano colegiado o unipersonal.
Parágrafo: En las actas deberá incluirse:
- Información acerca de la fecha, hora y lugar de la reunión, orden del día, las personas designadas como presidente y secretario de la Asamblea,
- La identidad de los Asociados presentes o de sus representantes o apoderados,
- Los documentos e informes sometidos a consideración de los Asociados,
- La síntesis de las deliberaciones llevadas a cabo,
- La transcripción de las propuestas presentadas ante la Asamblea y el número de votos emitidos a favor, en contra y en blanco, respecto de cada una de tales propuestas.
- Las actas deberán ser firmadas por el presidente y secretario de la Asamblea. La copia de estas actas, autorizada por el secretario o por algún representante legal de La Corporación, será prueba suficiente de los hechos que consten en ellas, mientras no se demuestre la falsedad de la copia o de las actas.
- Las actas de las reuniones no presenciales y/o por comunicación sucesiva deberán elaborarse y asentarse en el libro respectivo dentro de los treinta (30) días siguientes a aquel en que concluyó el acuerdo.
- Las actas serán suscritas por el Representante Legal y el secretario de La Corporación. A falta de este último, serán firmadas por alguno de los Asociados.
Artículo 43. Junta Directiva: La Corporación podrá nombrar una Junta Directiva si así lo determina la Asamblea General. Esta Junta Directiva estará integrada por mínimo cinco (5) miembros. La Junta Directiva será nombrada para periodos de dos (2) años prorrogables, indefinidamente si se quiere. En caso de que la Asamblea General no realice un nuevo nombramiento, los miembros de Junta Directiva continuarán en el ejercicio de sus cargos hasta tanto no se efectúe una nueva designación. Los miembros de la Junta Directiva serán elegidos directamente entre los asociados fundadores. Parágrafo: Se considerarán un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero y un fiscal.
Artículo 44. Reuniones de la Junta Directiva: La Junta Directiva se reunirá de manera ordinaria por lo menos una (1) vez cada seis (6) meses, o extraordinariamente cuando así lo determine y convoque el Presidente o dos (2) de sus miembros. Para llevar a cabo reuniones de Junta Directiva, será necesaria una convocatoria por cualquier medio escrito incluido el correo electrónico, con una antelación mínima de dos (2) días hábiles anteriores a la fecha de la reunión, sin tener en cuenta el día en que se realiza la convocatoria y el día en que se realiza la reunión. Dichas reuniones podrán realizarse de manera no presencial, utilizando cualquier medio de comunicación y dejando soporte del mismo.
Artículo 45. Régimen de quórum y mayorías decisorias: Para toda reunión de Junta Directiva habrá quórum deliberatorio cuando estén presentes la mitad más uno de sus integrantes, y podrán decidir en cualquier reunión con el voto favorable de la mitad más uno de los asistentes.
Artículo 46. Funciones de la Junta Directiva: La Junta Directiva tendrá, además de las funciones previstas en los presentes estatutos y en cualquier otra norma legal vigente, las siguientes funciones:
- Elegir y asignarle remuneración al Representante Legal y sus suplentes, sin perjuicio de su facultad de remover libremente y en cualquier tiempo a cada uno de ellos.
- Elegir y asignarle remuneración a los empleados de nivel directivo que no sean de la competencia de la Asamblea General.
- Designar entre sus integrantes al Presidente y al Vicepresidente.
- Crear los demás cargos y empleos que considere necesarios para el buen funcionamiento de La Corporación, señalando sus funciones y remuneración.
- Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias o extraordinarias.
- Aprobar el ingreso de los asociados.
- Aprobar la exclusión de un asociado y la sanción por incumplimiento.
- Autorizar la apertura de sucursales o agencias dentro o fuera del territorio nacional.
- Las demás decisiones de carácter administrativo de La Corporación.
Artículo 47. Representante Legal: La representación legal estará a cargo de una persona natural o jurídica, quien será designado por la Junta Directiva. El Representante Legal será nombrado para periodos de dos (2) años. En caso de que no se realice un nuevo nombramiento, el Representante Legal y los miembros de la Junta Directiva continuarán en el ejercicio de sus cargos hasta tanto no se efectúe una nueva designación a cesación de las funciones del Representante Legal, por cualquier causa, no da lugar a ninguna indemnización de cualquier naturaleza, diferente de aquellas que le corresponden conformé a la ley laboral, si fuere el caso. La revocación por parte de la Asamblea General no tendrá que estar motivada y podrá realizarse en cualquier tiempo. Toda remuneración a que tuviere derecho el Representante Legal, deberá ser aprobada por la Junta Directiva o por la Asamblea General según el caso. Parágrafo 1: El presidente de la Junta Directiva será el Representante Legal. Parágrafo 2: En cualquier situación donde exista diferencias entre el Representante legal y la Junta Directiva, siempre se resolverán a favor de la Junta Directiva y las que se presenten entre la Junta Directiva y la Asamblea, se resolverán siempre a favor de la Asamblea General.
Artículo 48. Funciones y facultades del Representante Legal: La Corporación será gerenciada, administrada y representada legalmente ante terceros por el Representante Legal, quien podrá celebrar o ejecutar todos los actos y contratos comprendidos en el objeto social o que se relacionen directamente con la existencia y funcionamiento de La Corporación.
Los suplentes del Representante Legal tendrán las mismas funciones y facultades del Representante Legal, en caso de ausencia temporal o definitiva de éste. Entre otras las siguientes serán funciones del Representante Legal:
- Ejercer la representación legal, tanto judicial como extrajudicial, de La Corporación.
- Convocar y presidir con los límites que señalan los presentes estatutos, todas las Asambleas Generales, reuniones de la Junta Directiva y actos sociales de La Corporación.
- Administrar los negocios de La Corporación, ejecutando a nombre de ella toda clase de actos o contratos.
- Velar por los intereses de La Corporación debiendo firmar las actas, contratos, convenios, correspondencia especial, memorias y todos los documentos necesarios.
- Entablar las acciones legales frente a quienes malversen, destruyan o dañen los fondos o bienes de La Corporación.
- Ordenar los gastos y los pagos, dentro de sus limitaciones.
- Aprobar los actos y contratos que comprometan a La Corporación y los que señalen los estatutos, reglamentos, acuerdos de la Asamblea o la Junta Directiva, resoluciones o demás documentos.
- Presentar a la Asamblea General informe de gestión sobre la marcha de La Corporación y en las reuniones extraordinarias explicaciones sobre los motivos de la convocatoria.
- Hacer cumplir la Ley, los estatutos, los reglamentos internos, los acuerdos de la Asamblea General y las resoluciones de la Junta Directiva.
- Someter a consideración y aprobación de la Junta Directiva y de la Asamblea General, los planes, programas y proyectos de La Corporación.
- Las demás que correspondan a la naturaleza de su cargo.
- El Representante Legal se entenderá investido de los más amplios poderes para actuar en todas las circunstancias en nombre de La Corporación, con excepción de aquellas facultades que, de acuerdo con los estatutos, se hubieren reservado los Asociados.
- En las relaciones frente a terceros, La Corporación quedará obligada por los actos y contratos celebrados por el Representante Legal.
Articulo 49.- Funciones del Vicepresidente: Son funciones y responsabilidades del Vicepresidente:
- Suplencia: Reemplazar al Presidente en sus ausencias temporales o definitivas, asumiendo plenamente sus funciones y responsabilidades.
- Apoyo al Presidente: Asistir al Presidente en sus funciones, colaborando en la dirección de La Corporación.
- Proposición de acuerdos: Presentar propuestas y resoluciones a la Junta Directiva para la buena marcha de La Corporación.
- Coordinación: Apoyar la coordinación de las actividades que le asigne la Junta Directiva.
Artículo 50.- Funciones del Secretario: Son funciones y responsabilidades del Secretario:
- Elaboración y custodia de actas: Elaborar, transcribir, firmar conjuntamente con el Presidente y custodiar las actas de las reuniones de la Junta Directiva y de la Asamblea.
- Comunicación: Notificar y comunicar las convocatorias a los miembros de la Junta Directiva y la Asamblea.
- Archivo documental: Organizar y mantener actualizado el archivo de La Corporación, custodiando los documentos legales, reglamentos y correspondencia.
- Certificaciones: Expedir las certificaciones que se requieran, con la firma del Presidente, sobre los actos y decisiones de La Corporación.
- Revisión legal: Asegurar que La Corporación cumpla con las leyes y reglamentos aplicables.
- Asignaciones: Todas las que le asigne o delegue tanto la Asamblea General, la Junta Directiva y el Presidente.
Artículo 51.- Funciones del Tesorero: Son funciones y responsabilidades del Tesorero:
- Gestión financiera: Supervisar la gestión financiera de La Corporación y custodiar sus bienes y recursos.
- Control de ingresos y gastos: Llevar los libros contables y los registros financieros, controlando los ingresos y egresos.
- Informes financieros: Elaborar los informes financieros para presentarlos a la Junta Directiva, a la Asamblea y a las autoridades competentes.
- Presupuesto: Preparar el presupuesto anual de La Corporación, en coordinación con la Junta Directiva.
- Conciliaciones bancarias: Realizar las conciliaciones bancarias y supervisar las cuentas de La Corporación.
- Cobro de cuotas: Cobrar las cuotas, aportes y otros recursos que deba recaudar La Corporación.
- Empalme: Entregar al nuevo Tesorero los libros, registros, recursos y bienes bajo su cargo.
- Asignaciones: Todas las que le asigne o delegue tanto la Asamblea General, la Junta Directiva y el Presidente.
Artículo 52.- Funciones del Fiscal. Son funciones y responsabilidades del Fiscal:
- Vigilancia y control: Vigilar el cumplimiento de los estatutos, reglamentos, acuerdos y disposiciones legales por parte de la Junta Directiva.
- Fiscalización: Fiscalizar el manejo de los recursos financieros y los bienes de La Corporación.
- Revisión de cuentas: Revisar los libros contables y los registros del Tesorero, y refrendar sus informes si los encuentra correctos.
- Informes de irregularidades: Informar por escrito a la Junta Directiva, y si es necesario, a la Asamblea, sobre las irregularidades que encuentre.
- Convocatoria extraordinaria: Convocar de manera extraordinaria a la Asamblea si la Junta Directiva no atiende sus llamados o hallazgos.
- Firma conjunta: Firmar conjuntamente con el Presidente y el Tesorero las órdenes de retiro de fondos, cuando así se requiera.
- Conceptos: Emitir conceptos sobre los asuntos que se sometan a su consideración
Artículo 53. Revisor Fiscal: El Revisor Fiscal será nombrado para periodos de un (1) año. no puede ser asociado de La Corporación. En caso de que no se realice un nuevo nombramiento, el Revisor Fiscal continuará en el ejercicio de sus cargos hasta tanto no se efectúe una nueva designación.
Artículo 54. Funciones del Revisor Fiscal: Tendrá las siguientes funciones:
- Vigilancia Legal y Estatutaria: Verificar que las operaciones de La Corporación se realicen de acuerdo con las leyes colombianas, los estatutos de la entidad y las decisiones del órgano directivo (junta o asamblea). Garantiza el cumplimiento normativo frente a entidades como la DIAN, las alcaldías, y demás entes de control.
- Revisión y Certificación de Estados Financieros: Examina los estados financieros de La Corporación y emite su dictamen sobre su razonabilidad, de acuerdo con los principios y normas contables vigentes. Debe firmar y certificar estos documentos anualmente.
- Control Interno y Salvaguarda de Bienes: Evalúa el sistema de control interno de la entidad, haciendo recomendaciones para su fortalecimiento. Verifica la correcta custodia de los activos, la existencia de inventarios y el uso adecuado de los recursos, especialmente en el manejo de donaciones, subvenciones o fondos públicos.
- Informes y Denuncias: Informa oportunamente al máximo órgano de gobierno de La Corporación sobre cualquier irregularidad detectada en la administración, manejo de recursos o cumplimiento legal. También debe comunicar a las autoridades competentes si encuentra hechos que puedan constituir delitos o faltas administrativas.
- Participación en Reuniones y Aprobaciones: Asiste a las reuniones de la junta directiva o asamblea cuando sea requerido, y puede emitir conceptos técnicos o financieros sobre las decisiones que se tomen. También revisa los informes de gestión presentados por los administradores. No tendrá voz ni voto.
- Supervisión Tributaria y Laboral: Vigila el cumplimiento de las obligaciones fiscales y laborales, incluyendo la presentación de declaraciones tributarias, el pago de aportes a la seguridad social y el cumplimiento de las normas laborales para con los empleados y contratistas.
- Control sobre Contratos y Donaciones: Revisa la legalidad, conveniencia y correcta ejecución de contratos y convenios, así como el manejo transparente de los recursos provenientes de donaciones, ayudas internacionales o fondos públicos.
- Garantía de Transparencia y Confianza Pública: Como figura garante ante la comunidad, donantes y entes de control, el revisor fiscal fortalece la imagen institucional de La Corporación, brindando confianza sobre el uso ético y legal de los recursos.
Capítulo II
Disposiciones Varias
Artículo 55. Ejercicio Social: Cada ejercicio social tiene una duración de un año, que comienza el 1º de enero y termina el 31 de diciembre. En todo caso, el primer ejercicio social se contará a partir de la fecha en la cual se produzca el registro mercantil de La Corporación.
Artículo 56. Libros y Actas: La Corporación estará obligada a llevar los siguientes libros: Libro de Actas de la Junta Directiva, Libro de Actas de la Asamblea de Fundadores (si aplica), Libros de Contabilidad, y otros que exija las normas colombianas. En estos libros se dejará constancia de las decisiones tomadas por los órganos de gobierno, así como de todas las operaciones contables y financieras. Parágrafo 1. Responsabilidad: El Representante Legal será el responsable de la custodia y actualización de los libros. Las actas deberán ser firmadas por el presidente y el secretario de la respectiva Junta Directiva. Parágrafo 2. Acceso a la Información: Los miembros de la Junta Directiva y los fundadores tendrán derecho a consultar los libros y documentos de La Corporación, previa solicitud escrita al Representante Legal, con al menos cinco (5) días hábiles de antelación.
Artículo 57. Cuentas Anuales: Luego del corte de cuentas del fin de año calendario, el Representante Legal de La Corporación someterá a consideración de la Asamblea General los estados financieros de fin de ejercicio.
Artículo 58. Reforma de Estatutos: Los estatutos de La Corporación podrán ser reformados en cualquier momento por decisión de la Junta Directiva, siempre y cuando la propuesta sea aprobada por una mayoría calificada de, al menos, las dos terceras (2/3) partes de sus miembros. La reforma deberá ser debidamente documentada en un acta de la sesión y registrada ante la autoridad competente. Parágrafo 1: Condiciones para la Reforma: La reforma no podrá modificar el objeto social de La Corporación de manera sustancial ni afectar los fines de utilidad común. Cualquier cambio debe ser consistente con la misión y visión de la organización. Parágrafo 2: Proceso de Aprobación: Para que una reforma sea considerada, deberá ser propuesta por escrito por, al menos, el 25% de los miembros de la Junta Directiva. La propuesta debe ser notificada a todos los miembros con una antelación mínima de 15 días hábiles a la fecha de la reunión en la que se discutirá.
Artículo 59. Disolución de La Corporación: La Corporación se disolverá por cualquiera de las siguientes causales:
- Por la iniciación del trámite de liquidación judicial.
- Por voluntad de la Asamblea General.
- Por orden de autoridad competente.
- Por pérdidas que reduzcan el patrimonio neto de La Corporación por debajo del cincuenta (50%) por ciento del patrimonio.
- Por la imposibilidad de desarrollar el objeto social.
Artículo 60. Liquidación: En la liquidación actuará como liquidador o liquidadores, las personas que actúen en ese momento como representantes legales. Durante el período de liquidación, los Asociados serán convocados a la Asamblea General en los términos y condiciones previstos en los estatutos y en la Ley. Los asociados tomarán las decisiones que le corresponden a la Asamblea General, en las condiciones de quórum y mayorías decisorias vigentes antes de producirse la disolución. Desde el momento en que La Corporación se encuentre incursa en causal de disolución o declarada la misma por los Asociados, La Corporación no será competente para ejercer su objeto social y sólo el o los liquidadores podrán actuar en nombre y representación de La Corporación, debiendo proceder de inmediato a liquidar el patrimonio social, conforme a las prelaciones legales. El liquidador o quien haga sus veces tendrá las facultades de representación, administración y disposición necesarias para concluir las operaciones en curso, con las mismas limitaciones señaladas al representante legal.
El liquidador para llevar a cabo el proceso liquidatario deberá proceder de la siguiente forma:
- Levantar los estados financieros de la entidad a la fecha en la cual se decidió la disolución y liquidación. Estos estados financieros serán los iníciales de la liquidación, y deben contener el detalle de sus activos incluidos los bienes muebles e inmuebles.
- Publicar tres (3) avisos en periódico de amplia circulación nacional convocando a los acreedores a hacer valer sus derechos e informando a la comunidad en general que la entidad se encuentra en proceso de liquidación, especificando dirección y teléfono del Liquidador. Entre cada aviso debe haber un espacio de quince (15) días. (Artículo 19 del Decreto 15 29 de 1990).
- Quince (15) días después de publicado el tercer aviso procederá a cancelar todas las acreencias, guardando todos los soportes y comprobantes a que diere lugar las transacciones. (Artículo 20 del Decreto 1529 de 1990).
- Luego de cancelado todo el pasivo de la entidad, el Liquidador procederá a hacer una relación, detallando y soportando en debida forma todos los gastos generados a causa del acto administrativo de disolución y liquidación, los cuales deben salir del patrimonio de la entidad que se está liquidando.
- Dentro de estos gastos se contemplan: Gastos de inscripción del Liquidador, gastos de publicación, pagos de honorarios por asesorías contables y/o jurídicas, según lo requiera el Liquidador; gastos legales como escrituras públicas, etc. (Artículo 20 del Decreto 1529 de 1990).
- Una vez cancelado todo el pasivo y absorbido todos los gastos, se deben levantar los estados financieros finales de la liquidación, en los cuales se pueden presentar dos casos: (i) Que la liquidación una vez cancelado el pasivo y absorbido los gastos, tanto los activos como el patrimonio quedaran en ceros, o (ii) Que la liquidación una vez cancelado el pasivo y absorbido los gastos, quedara un remanente del activo patrimonial, el cual debe pasar a una entidad sin ánimo de lucro con fines semejantes a la que se está liquidando determinada por los estatutos, o la asamblea General en el caso de que los estatutos no la determinen, o por el Liquidador en el caso en que ni los estatutos ni la Asamblea General la determinaran. (Artículo 20 del Decreto 1529 de 1990). En el acta presentada se guardó silencio respecto de la entidad que recibirá el remanente del activo patrimonial.
- Terminado todo el procedimiento detallado anteriormente, el proyecto de adjudicación del activo patrimonial y la cuenta final de liquidación deben someterse a consideración de la asamblea de asociados y elaborarse el acta en el que conste su aprobación.
Parágrafo: Los bienes muebles e inmuebles, los documentos y material informativo, los valores y títulos y los implementos de trabajo pertenecientes a La Corporación, una vez atendido el pasivo externo de la entidad, se entregará a una o varias entidades privadas sin ánimo de lucro, de preferencia a aquéllas en las cuales tenga participación a cualquier título La Corporación; de objeto igual, similar o complementario al de la misma, según decisión de la Asamblea General.
Artículo 61. Disposiciones Adicionales: Se podrán incluir en esta sección cualquier otra disposición que la Junta Directiva considere relevante para el funcionamiento de La Corporación, siempre que no contravenga la ley colombiana. Estas disposiciones pueden referirse a temas como el manejo de conflictos de interés, la política de protección de datos o el código de ética.
Parágrafo 1: Manejo de Conflictos de Interés: Cualquier miembro de los órganos de gobierno que tenga un interés personal, directo o indirecto, en una decisión o negocio que vaya a ser discutido, deberá manifestarlo y abstenerse de participar en la votación.
Parágrafo 2: Vigencia: Los presentes estatutos entrarán en vigencia a partir de la fecha en que se obtenga el reconocimiento de la personería jurídica por parte de la entidad de inspección, vigilancia y control competente.
Artículo 62.- Vigencia y modificaciones: Los presentes estatutos entrarán en vigencia una vez aprobado por la Asamblea general y podrá modificarse mediante resolución formal, en función de nuevas necesidades o ajustes normativos.
Promover la equidad de género integral en
Colombia, trabajando con hombres y niños para deconstruir estereotipos de masculinidad hegemónica, fomentar relaciones no violentas y corresponsables, y abogar por la garantía de sus derechos y bienestar en un marco de justicia social y respeto mutuo.
Ser la fundación referente en Colombia para la construcción de masculinidades equitativas y positivas, contribuyendo a una sociedad donde hombres, mujeres y todas las identidades de género convivan en paz, con igualdad de oportunidades, derechos y responsabilidades, libres de violencia y estereotipos perjudiciales.
La transformación cultural de las masculinidades en Colombia, mediante el activismo que desafíe los paradigmas patriarcales y matriarcales, y la construcción de referentes alternativos basados en el respeto, la corresponsabilidad y la no violencia, para fomentar una sociedad más justa y equitativa para todos los géneros
Promover la igualdad de género integral para hombres y niños, abordando las
problemáticas específicas que les afectan, como la protección de sus derechos frente al maltrato de género, la violencia (física, psicológica, económica) y la discriminación, sin importar su estatus social o económico.
Cuestionar los mandatos patriarcales y las masculinidades hegemónicas que
perpetúan la violencia y limitan el desarrollo pleno de los hombres, fomentando la movilización de nuevos referentes de masculinidad y la construcción de una sociedad más justa y equitativa para todos.
Reconocer y visibilizar la violencia y discriminación (física y mental) femenina hacia su pareja masculina, incluyendo la violencia psicológica y económica, y abogar por el derecho a un juicio justo y el debido proceso ante falsas denuncias.
Crear herramientas prácticas y espacios formativos que fomenten masculinidades cuidadoras, conscientes y comprometidas con la igualdad, fundamentadas en la ética del cuidado y la justicia social.
Abordar las crisis de identidad vinculadas al género y las divergencias frente al fenómeno del empoderamiento de las mujeres, buscando la construcción de una sociedad más justa y equitativa para todos.
La búsqueda constante de mejora, actualización y competencia se manifiesta como un mandato tradicional de provisión y éxito, pero también como un espacio de redefinición hacia nuevas formas de ser positivamente masculino.
Sensibilización y Educación.
Aumentar la conciencia pública sobre las problemáticas que afectan a hombres y niños en el contexto de la igualdad de género, y promover la adopción de masculinidades positivas y corresponsables. Para ello, es fundamental generar procesos de reflexión permanente sobre las identidades y referentes de masculinidad, especialmente en jóvenes.
Apoyo y Acompañamiento
Ofrecer servicios de apoyo psicológico, legal y social a hombres y niños víctimas de violencia o en situaciones de vulnerabilidad relacionadas con roles de género. Ofreciendo apoyo jurídico y psicológico en casos de violencia intrafamiliar y falsas denuncias, lo que sirve de precedente.
Incidencia en Políticas Públicas
Abogar por la inclusión de la perspectiva de género para hombres y niños en las políticas públicas nacionales y locales, garantizando la equidad en el acceso a derechos y servicios. Si bien existen políticas públicas robustas para mujeres, las iniciativas específicas para hombres están menos formalizadas a nivel nacional.
Investigación y Generación de Conocimiento
Contribuir a la investigación académica sobre masculinidades, violencia de género hacia hombres, y el impacto de los roles de género, para fundamentar intervenciones basadas en evidencia. Existe una necesidad clara de más investigaciones sobre la implicación de los hombres en el cuidado sobre la violencia de pareja de mujeres a hombres.
Talleres de Deconstrucción de Masculinidades Hegemónicas y Patriarcales
Escuelas de Formación Construyendo Equidad con Nuevas Masculinidades
Campañas de Comunicación y Sensibilización para modificar hegemonías
Materiales Pedagógicos y Guías para Estrategias en Educación Básica y Superior
La Fundación atenderá de manera integral a hombres y
niños en situaciones de vulnerabilidad, reconociendo la necesidad de espacios seguros y
especializados:
Asesoría Jurídica Especializada
Apoyo Psicológico y Salud Mental
Programas enfocados a Padres
Centro de Conciliación
HUB Integrado
CINGEC
- Estudios sobre Violencia de Género Femenina hacia Hombres
- Análisis de Falsas Denuncias y Debido Proceso
- Estudios de Casos y Mejores Prácticas
- Investigación sobre Roles de Género y Salud Mental Masculina
Agenda tu cita y cuéntanos tu caso, contacto inmediato 3112836264.
- Contenido clave: Reacciones en vivo a debates, votaciones en el Congreso o noticias de tendencia («issues») del día.
- Dinámica: Debates entre personajes de sectores opuestos (izquierda vs. derecha vs. independientes) para generar controversia constructiva.
- Interacción: Entrevistas a personajes polémicos donde la audiencia pueda enviar preguntas directas y sin censura, rompiendo la «falsa democracia».
- Contenido clave: Reportajes tipo mini-documental sobre corrupción corporativa o gubernamental.
- Dinámica: Uso de periodismo de datos y verificación para desmentir discursos políticos en tiempo real.
- Interacción: Entrevistas con denunciantes, técnicos de contralorías y expertos en transparencia que expliquen cómo se «desvía» el dinero público
- Contenido clave: Análisis de las redes sociales y cómo la desinformación afecta al votante.
- Uso de Tecnología: Incorporación de Inteligencia Artificial para analizar sentimientos de la opinión pública o segmentar qué propuestas realmente resuenan con los jóvenes.
- Interacción: Charlas con estrategas políticos, directores de encuestadoras y expertos en comunicación política para «desnudar» las campañas.
